El Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Fundación Universitaria del Área Andina, es un operador privado de justicia alternativa vigilado por el Ministerio de Justicia y del Derecho, adscrito a la Facultad Nacional de Derecho, con Resolución de funcionamiento No. 00223 de 2004, emitida por el Ministerio del Interior y de Justicia.
Estamos ubicados con el sector administrativo y financiero de Bogotá y contamos con un equipo de 13 abogados y abogadas especialistas en derecho de familia, civil, comercial y de seguros. |
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Aseguradoras, oficinas de abogados, pequeñas y medianas empresas, personas con discapacidad mayores de edad y comunidad en general.
Son herramientas que les permiten a las personas resolver sus conflictos en un escenario neutro en el que un conciliador (a) acompaña a las partes para que puedan suscribir un acuerdo.
Entre los Mecanismos alternativos de solución de conflictos MASC encontramos:
Como primera medida se debe presentar una demanda, la cual debe reunir todos los requisitos exigidos por el Código General del Proceso, acompañada del pacto arbitral, o el documento que contenga la cláusula compromisoria, y dirigida al Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Fundación Universitaria del Área Andina. Si por alguna razón este Centro no fuere competente, remitirá la demanda al que lo fuere.
Estas son nuestras tarifas para el servicio de Arbitraje:
CUANTÍA (Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes - SMLMV) | TARIFA MÁXIMA |
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Cuantía del proceso no superior a 10 SMLMV | 10 Salarios Mínimos Legales Diarios Vigentes (SMLDV) |
Cuantía de más de 10 SMLMV a 176 SMLMV | 3.25% de la cuantía |
Cuantía de más de 176 SMLMV a 529 SMLMV | 2.25% de la cuantía |
Cuantía de más de a 529 SMLMV a 882 SMLMV | 2% de la cuantía |
Cuantía de más de 882 SMLMV a 1764 SMLMV | 1.75% de la cuantía |
Mayor a 1764 SMLMV | 1.5% de la cuantía |
Arbitro | Estudios | |
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CARMEN PATRICIA OSORIO MARTINEZ | [email protected] | ABOGADO, ESPECIALIZACION EN DERECHO COMERCIAL, ESPECIALIZACION EN RESPONSABILIDAD Y DAÑO RESARCIBLE |
LUIS FERNANDO SERENO PATIÑO | ABOGADO, ESPECIALIZACION EN DERECHO COMERCIAL ,ESPECIALIZACION EN CONTRATO Y REALCIONES JURIDICO-NEGOCIABLES | |
LEONARDO BELTRAN RICO | [email protected] | ABOGADO, ESPECIALIZACION EN DERECHO A LA EMPRESA (ACTUALMENTE) ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO COMERCIAL (PENDIENTE GRADO) |
Secretario Tribunal | Estudios | |
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MARIA EUGENIA GOMEZ | [email protected] | ABOGADO, ESPECIALIZACION DERECHO ADMINISTRATIVO |
JAIR RENE ALBARRACIN | [email protected] | ABOGADO, ESPECIALIZACION DERECHO CONTRACTUAL, MAESTRIA EN DERECHO CONTRACTUAL PUBLICO Y PRIVADO |
La solicitud deberá reunir los siguientes requisitos:
Es un mecanismo alternativo de solución de conflictos mediante el cual las partes en confrontación delegan a un tercero neutral (amigable componedor) para que tome la decisión y se realice un acuerdo o convención que goza de los mismos efectos de una transacción.
Es una herramienta previa a la demanda judicial en el cual dos o más personas con el acompañamiento de un tercero (conciliador) quien actúa de forma neutral, buscan la solución a los conflictos, sin necesidad de la intervención de un juez aplicando técnicas de comunicación y negociación.
Esta herramienta hace parte de los MASC – Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos, que en nuestro país cada día tiene mayor aplicación por la eficacia y eficiencia en su uso, logrando acuerdos en una o dos reuniones de dos horas contrarrestando el tiempo promedio de un proceso judicial en nuestro país que es de dos (2) años.
Nuestro Centro cuenta con audiencias de conciliación virtual que ofrecemos desde el año 2017 y en la actualidad es la manera más ágil y segura de llegar solución a las diferencias. Contamos con plataforma virtual especializada para llevar cabo los trámites, más información en el Cel. 3156713940.
¿Sabías que a partir de la Ley 1996 de 2019 en Colombia eliminó las interdicciones judiciales?
¿Pero qué era la interdicción?
Es la declaración judicial que le sustraía la capacidad jurídica a la persona con discapacidad y se le daba a un curador.
¿Pero cuál es avance de la Ley 1996 de 2019?
Esta Ley le devuelve la capacidad legal a la persona con discapacidad para que sea titular de sus derechos y los ejerza de manera autónoma, con libertad, independencia y no discriminación.
¿Cómo puede una persona mayor de edad con discapacidad tomar decisiones importantes en su vida, cómo casarse, decidir sobre procedimientos médicos, firmar contratos, abrir una cuenta bancaría entre otros?
Lo puede realizar de manera autónoma una vez celebre un acuerdo de apoyo y allí designe la persona o las personas naturales o jurídicas, que le ayudarán a entender y lo asistirán en la toma de decisiones respecto a cada acto jurídico.
El valor de las audiencias de conciliación se liquidan a partir de la cuantía del asunto a tratar con base en el Decreto 1069 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, autorizadas en el reglamento del Centro de Conciliación por el Ministerio de Justicia y del Derecho.
El valor de nuestros servicios se enmarca dentro unas tarifas sumamente competitivas, tomando en cuenta las sumas a pagar en otros centros de conciliación.
Las Tarifas del Centro por servicio de conciliación serán las siguientes, las cuales se liquidaran teniendo en cuenta el valor de las peticiones objeto del conflicto.
CUANTÍA de la prevención (Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes - SMLMV) | TARIFA SMLDV |
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Menos de 8 | 9 SMLDV |
Entre 8 e igual que 13 | 13 SMLDV |
Mas de 13 e igual que 17 | 16 SMLDV |
Más que 17 igual que 35 | 21 SMLDV |
Más de 35 e igual que 52 | 25 SMLDV |
Más de 52 | 1.50% |
Cuantía Indeterminada | 14 SMLDV |
Encuentros adicionales: Si las partes y el conciliador de común acuerdo realizan más de tres sesiones, por cada encuentro adicional se cobrará el 10% sobre la tarifa inicialmente liquidadaLos pagos se realizan en la caja general de la Fundación Universitaria del Área Andina, ubicada en la Avenida Caracas # 69 – 44, previa presentación del recibo provisional que se entrega en el Centro de Conciliación. Las anteriores tarifas están acorde lo dispuesto en el Decreto 1829 de 2013 del Ministerio Justicia y del Derecho.
Una vez recibida la solicitud y elegido el conciliador (a), el Centro Programará la diligencia dentro de los 15 días calendario siguientes.
El conciliador deberá citar a las partes usando un medio eficaz para que comparezcan. Para ello se tiene prevista la remisión de la Notificación por Servientrega entidad que nos permite verificar el proceso de entrega de la misma. En los casos que se cuente con la dirección de correo electrónico la notificación además será remitida por este medio.
Procedimiento conciliación
Notificación
Solicitud audiencia de conciliación
Protocolo audiencia de conciliación
Si hay Conciliación total o parcial, se consignarán en un acta de conciliación determinando de manera clara, expresa y exigible las obligaciones de las partes el plazo para su cumplimiento y si se trata de obligaciones económicas, se especificará su monto, el plazo y condiciones para su cumplimiento y se anotará el mérito ejecutivo.
En la conciliación parcial, se determinarán los puntos de desacuerdo con el objeto de que las partes puedan proceder acorde con la Ley.
Número acuerdo: De no llegarse a un acuerdo se expedirá la constancia.
Número comparecencia: Si la audiencia no pudiere celebrarse por ausencia justificada previamente de una de las partes y la otra parte manifiesta estar de acuerdo en programar una nueva cita, el Conciliador podrá convocar nuevamente a las partes a audiencia.
Constancia de No comparecencia
Suspensión de audiencia: en caso de solicitud bilateral de las partes el conciliador suspenderá la audiencia dejando constancia en la que constará la razón por la cual se suspende y la nueva fecha para continuar la diligencia.
Dentro de los dos (2) días siguientes al recibo del acta y sus antecedentes, el Centro certificará en cada una de las actas la condición de conciliador inscrito, hará constar si se trata de las primeras copias que prestan mérito ejecutivo y las entregará a las partes.
Cabe resaltar que en virtud al principio de confidencialidad los resultados de las audiencias, los acuerdos o convenciones y los laudos arbitrales únicamente se entregarán a las partes en la audiencia correspondiente. De no ser posible solicitarlo la parte deberá autorizar a un tercero para su retiro.
Contamos con Certificación de calidad otorgada por el ICONTEC bajo en No. CS-CER 281534 por un periodo de (3) años, bajo la NTC 5906:2012.
CONTACTO Avenida Caracas # 69 – 44 |
Usted puede presentar quejas, reclamos o felicitaciones del servicio de conciliación, al correo electrónico del Centro de Conciliación [email protected]
El Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición, te ayuda a través de nuestros profesionales a solucionar todo conflicto y diferencia que tengas en distintas áreas del derecho a través de los mecanismos alternativos de solución de conflictos.
Reglamento Interno
Modificación parcial al reglamento servicio de conciliación virtual
En el siguiente enlace podrás generar todas tus solicitudes.
Aquí podrás consultar y generar según el tipo de certificado que necesites.
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Encuentra toda la información sobre este requisito en el siguiente enlace.
Realiza todo el proceso de inscripción en los siguientes enlaces Pregrado • Posgrado • Educación Continuada.
Encuentra la información aquí:
https://youtu.be/0dB8vZN2P6w?si=-t4hjx0AlMhVPJ10
Recuerda que con estas credenciales puedes ingresar a todas las plataformas de la Institución.
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