Día de la enfermería

Abr 26, 2018

A propósito del Día de la Enfermería, ¿qué celebramos?

Por Ruth Beatriz Mora Rojas

RUTH BEATRIZ MORA ROJAS

PhD(c) Salud Pública Universidad Nacional de Colombia

Florence Nightingale, fue una enfermera, estadística, británica, sentó las bases de la enfermería moderna.  Nació el 12 de Mayo de 1820  en el seno de una familia británica de clase alta en Villa Colombaia, Florencia, y recibió el nombre de su ciudad natal. Murió en Londres  el 13 de agosto de 1910 (1)

El Día Internacional de la Enfermería se celebra en la fecha de su cumpleaños por su contribución al desarrollo de la profesión y el  juramento Nigthtingale efectuado por los enfermeros al graduarse, fue creado en su honor en 1893 (1).

Su contribución más célebre, alcanzó fama mundial por sus trabajos precursores de enfermería en la asistencia a los heridos durante la guerra de Crimea. A partir de ese momento fue conocida como “la dama de la lámpara”, por su costumbre de realizar rondas nocturnas con una lámpara para atender a sus pacientes (1).

Creadora del primer modelo conceptual de enfermería, desarrolló las bases de la profesionalización de la enfermería con el establecimiento  en 1860, de la primera escuela laica de enfermería en el hospital Saint Thomas de Londres, (1), es pionera del acervo de conocimiento propio de la enfermería, organizó la educación de la profesión, inició la investigación, escribió sobre la disciplina, el uso de la estadística, la epidemiología  y  la higiene. Deja como legado el concepto de “cuidar de uno mismo, del entorno y al paciente” (2). Fue reconocida por sus aportes a la salud pública cuando afirmaba que para disponer de un “entorno saludable se requería de aire puro, agua pura, alcantarillado eficaz, limpieza y luz” (3) (4) (5). Estos conceptos siguen vigentes y son esenciales para recuperar,  mantener y mejorar la salud  de la población (2), compromiso imperioso de los profesionales de la salud y del estado.

Su teoría del entorno, dio lugar a la construcción de  otras teorías como la de Virginia Henderson,  Dorothea Orem, Callista Roy, Madeleine Leininger y  más contemporánea Martha Rogers con la teoría de los seres humanos unitarios; entre otras. Estas teorías pretenden, aplicar a la práctica de enfermería  su propio campo del conocimiento, como el  respaldo a  las  actuaciones  del profesional mediante la evidencia científica (6), lo que ha contribuido a los avances de la profesión como ciencia y disciplina (2).

La teoría de los seres humanos unitarios,  propuesta por Martha Rogers en  1983 (7),  describe la enfermería como una ciencia y un arte, sugiere que la práctica es la forma como se utiliza el conocimiento de enfermería, es decir la ciencia y el uso creativo de este conocimiento se evidencia en el arte de la práctica (8), para responder a su objetivo promover la salud y el bienestar, buscando el balance y armonía entre el hombre y su entorno. Por ello  se espera de la enfermer@ alta sensibilidad, sin perder la creatividad en cada acción (7), con el fin de mantener o alcanzar el bienestar del sujeto de cuidado, la familia, la comunidad y su entorno.

enfermera

 

En Colombia, la profesión de enfermería, es definida por su normatividad  ley 266/1996 (Ley de Enfermería para Colombia) (9) y ley 911/2004 (10), allí queda establecido que  el cuidado de enfermería es el eje central de la formación y de la práctica profesional.

En la ley 266 (9)  se “reglamenta la profesión, define la naturaleza y el propósito, determina el ámbito del ejercicio profesional, desarrolla los principios que la rigen, los entes rectores de dirección, organización, acreditación y control del ejercicio profesional y las obligaciones y derechos que se derivan de su aplicación”. Sustenta y delimita el enfoque de formación y la estructuración del currículo (2), es decir es la carta de navegación del profesional en formación y guía el ejercicio profesional.

Por su lado La ley 911/2004 (10) dicta preceptos en materia de responsabilidad deontológica para el ejercicio de la profesión en Colombia. Esta ley concibe “el acto de cuidado de enfermería, como el ser y esencia del ejercicio de la profesión. (10 pág. 15) y define el cuidado como “…la comunicación y relación interpersonal humanizada entre el profesional de enfermería  y el ser humano, sujeto de cuidado, la familia o grupo social, en las distintas etapas de la vida, situación de salud y del entorno” (10 pág. 15). Estos postulados precisan del profesional sólidos conocimientos científicos, habilidad en los procesos comunicativos, comprensión  frente al dolor y sufrimiento del sujeto de cuidado y  alto compromiso ético y social (11).

En la Ley 911/2004, (10) brindar  cuidado “Implica un juicio de valor y un proceso dinámico y participativo para identificar y dar prioridad a las necesidades y decidir el plan de cuidado de enfermería, con el objeto de promover la vida, prevenir la enfermedad, intervenir en el tratamiento, en la rehabilitación y el cuidado paliativo y acompañar durante el proceso de la muerte, con el fin de desarrollar en lo posible, las potencialidades individuales y colectivas” (10 pág. 15) y así cumplir con la función social que se le ha delegado “el cuidado”. Para ello, es necesario garantizar una formación que contemple aspectos científicos, y biotecnológicos, a la vanguardia de los avances de la ciencia y de la tecnología (12), con énfasis en la construcción de una conciencia ética y social, que le permita afrontar los problemas ocasionados por las  nuevas realidades epidemiológicas,  los cambios poblacionales, el fenómeno de  la globalización,  la pobreza, la inclusión, la inequidad, la injusticia y la violencia (11), y por otro lado se requiere de escenarios laborales dignos que le permitan  responder como garante del derecho a la salud  y a la función social que se le ha encomendado.

En este sentido no se puede desconocer que existen condiciones  que restringen el desempeño profesional  de enfermería a actividades puramente administrativas, dejando de lado lo asistencial, condiciones que no incentivan  la participación en el diseño de políticas en salud, ni en prácticas  asociadas a la garantía del derecho a la salud, lo que obliga a cuestionarnos sobre si en el contexto real  “del cuidado” reconocemos y hacemos efectivos  los derechos y damos el trato humanizado que se merece el sujeto de cuidado (13).

Entonces… ¿qué celebramos?...  “el cuidado de enfermería” como  el servicio propio que la profesión aporta a la sociedad (14), caracterizado por una atención integral y humana, que obedece a la normatividad vigente, al campo de conocimientos científicos que rigen a la profesión, con alto sentido de responsabilidad ética y  crítica  para satisfacer las necesidades y garantizar los derechos  individuales y colectivas  del sujeto de cuidado, familia, comunidad y  entorno, pero además con el  auto-reconocimiento de lo que significa la profesión,  su importancia,  las implicaciones de su quehacer en el contexto cotidiano y en el desarrollo de las políticas públicas en salud.

Sin embargo, como ya se ha mencionado,  para cumplir con esta visión ideal,  la profesión  necesita  transformación  en los procesos formativos y en los escenarios laborales, que fortalezca la autonomía, la participación ciudadana y  el reconocimiento de los derechos de la población en general,  con el  esfuerzo de las enfermer@s, de quien se espera mayor liderazgo,  participación en los diferentes espacios donde se desarrolla, alianzas con diferentes organizaciones, auto-reconocimiento y valoración por  la profesión y reflexión permanente sobre lo que hace, en  busca de mayor empoderamiento  profesional  y  reconocimiento por parte de la sociedad, que le permitan  sentirse satisfecho y gratificado con lo que está  haciendo  en medio de la actual  crisis del  sistema de salud de nuestro país.

 

Feliz día de la Enfermer@

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Bibliografía

  1. Florence Nightingale. Biografía. [En línea] [Citado el: 23 de Abril de 2018.] https://es.wikipedia.org/wiki/Florence_Nightingale.
  2. Mora, RB. El cuidado de enfermería y la responsabilidad social. Actualizaciones en enfermería. Vol. 19 N0. 1. pag. 51. [En línea] Diciembre de 2017. https://drive.google.com/file/d/1CIdaqKDV6aOaRoZLsTSdaNlBOkhjsWeG/view?usp=sharing.
  3. Young Paul Hortis de Smith, V, Chambi, M y & Finn, B. Florence Nightingale (1820-1910), a 101 años de su fallecimiento. Revista Médica de Chile. [En línea] 2011 jun; 139(6): 807-813. http://dx.doi.org/10.4067/S0034-98872011000600017.
  4. Salamendi de Cattaneo, V. Escuela de Enfermería del Hospital Británico de Buenos Aires. Florence Nightengale y la enfermería en el Hospital Británico. Revista Temas de Enfermería. [En línea] Buenos Aires, 1994; 10: 27-35. [Citado el: 5 de Mayo de 2015.] http://sacp.org.ar/revista/14-numeros-anteriores/volumen-25-numero-1/70-florence-nightingale-y-la-enfermeria-en-el-hospital-britanico.
  5. Amaro, MC. Florence Nightingale. La primera gran teórica de enfermería. [En línea] Revista Cubana de Enfermería. La Habana, 2004 dic; 20(3): 1-10. [Citado el: 10 de Mayo de 2015.] http://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0864-03192004000300009&lng=es.
  6. Sancho D, Prieto L. Teorías y modelos en la práctica enfermera: ¿un binomio imposible? Revista Electrónica. Enfermería Global. [En línea] Universidad de Murcia. España, 2012 Jul; 11(27):292-8. [Citado el: 5 de Jul de 2015.] http://scielo.isciii.es/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1695-http://dx.doi.org/10.4321/S1695-61412012000300015.
  7. Anés RI, Torres A. Teoría de Marta Rogers: Seres Humanos Unitarios. [En línea] [Citado el: 19 de Junio de 2015.] http://webs.ono.com/aniorte_nic/archivos/teoria_marta_rogers.pdf.
  8. Villalobos MM. La Ciencia, la ética y el arte de enfermería a partir del conocimiento personal. Revista Aquichan. [En línea] Universidad de la Sabana, 2005 oct; 5(1):86-95. [Citado el: 19 de Junio de 2015.] http://aquichan.unisabana.edu.co/index.php/aquichan/article/view/62/128.
  9. República de Colombia. Ministerio de Educación MEN. Ley 266 Diario Oficial. 42.710. [En línea] 25 de Enero de 1996. [Citado el: 5 de Mayo de 2015.] www.mineducacion.gov.co/1621/articles-105002_archivo_pdf.pdf.
  10. —. Tribunal Nacional Etico de Enfermería. "Por la cual se dictan disposiciones en materia de responsabilidad deontológica...". Ley 911 de 2004. Diario Oficial No. 45.693 de 6 de octubre de 2004 . [En línea] 2004. [Citado el: 13 de Mayo de 2015.]
  11. Echeverri, Sonia. La Bioética en la formación del profesional de Enfermería: Visión para Latinoamérica. (Editorial). Actualizaciones en Enfermería. [En línea] Publindex , 2005; 8(2):6-7.
  12. Mora RB. Desafíos en enfermería: Ciencia, tecnología y sociedad. Revista Actualizaciones en Enfermería. [En línea] Fundación Santafé de Bogotá, 2012 jul sep; 15(3): 14-20. [Citado el: 18 de Junio de 2015.]
  13. Díaz OE. Responsabilidad social y rol del profesional de enfermería en el logro del derecho a la salud. Revista Colombiana de Enfermería. [En línea] Universidad el Bosque, 2009 agt; 4 Año 4:47-53. [Citado el: 20 de Junio de 2015.] http://www.uelbosque.edu.co/sites/default/files/publicaciones/revistas/revista_colombiana_enfermeria/volumen4/responsabilidad_social_rol_profesional_enfermeria_logro_derecho_salu.
  14. Rodríguez, R.. Cuidado de enfermería y su valor social. Diario Hoy. [En línea] 4 de Noviembre de 2014. [Citado el: 23 de Noviembre de 2018.] http://www.hoy.es/extremadura/201411/04/cuidados-enfermeria-valor-social-.

 


[1] Enfermera, especialista en Enfermería Perinatal, Universidad Nacional de Colombia, Esp. en Docencia Universitaria, Magíster en Educación. Universidad Libre, Candidata a PhD en Salud Pública. Universidad Nacional de Colombia. Docente Fundación Universitaria del Área Andina. Magistrada Tribunal Nacional Ético de Enfermería Periodo 2010-2014 y 2014-2018

 

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